Ministerio de Trabajo instruye a empleadores que califiquen flexibilizar jornada laboral para evitar propagación COVID-19

Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo instruyó este miércoles a los empleadores que califiquen a flexibilizar su jornada de trabajo y en la medida de lo posible implementar el mismo a distancia, a los fines de evitar la aglomeración de personas en los lugares donde laboran, como medida tendente a romper con la cadena de propagación del COVID-19.
La información fue ofrecida en rueda de prensa por el ministro de Trabajo, Winston Santos, quien mismo tiempo instó a los empleadores otorgarles el disfrute de las vacaciones remuneradas a todos los trabajadores que califiquen para las mismas; en el mismo sentido, los trabajadores que no hayan adquirido el derecho a vacaciones, se le avanzará una semana remunerada, así como también el pago de una semana de salario a cargo de la empresa.
El ministro exhortó a tomar medidas de aislamiento de los trabajadores vulnerables, siendo éstos: los mayores de 60 años con hipertensión arterial o enfermedades coronarias o cardiovasculares, embarazadas, personas con cáncer, con insuficiencia renal en tratamiento de diálisis, diabetes, enfermedades respiratorias crónicas y enfermedades autoinmunes.
Estas disposiciones están contempladas en la Resolución No. 007/2020, sobre medidas preventivas para salvaguardar la salud de las personas trabajadoras y empleadores ante el impacto del coronavirus (COVI- 19), en la República Dominicana.
El funcionario llamó a los trabajadores asumir una actitud de colaboración a los fines de facilitar entendimientos razonables con sus empleadores en procura de dar cumplimiento a esta resolución.
Precisó que el Estado Dominicano tiene la obligación de preservar los medios de producción nacional para garantizar el sostenimiento y la alimentación de toda la población dominicana, así como para la exportación.
El ministro Santos recordó que la COVID-19 es una enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto recientemente, que se puede contraer por contacto con otra persona que esté afectada por el virus, se propaga de persona a persona a través de gotículas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada tose o exhala.
Estas gotitas caen sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden contraer la COVID-19 si tocan estos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca, por eso es importante mantenerse a más de 1 metro (3 pies) de distancia de una persona que se encuentre enferma.
Señala el numeral 1 del articulo 61 de la Constitución Dominicana del 2015, que: "El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, asi como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran".

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